Ley Federal del Trabajo
Título SEXTO: Trabajos Especiales
Capítulo V: Trabajo ferrocarrilero
Artículo 255. Son causas especiales de rescisión de las relaciones de trabajo:
I. La recepción de carga o pasaje fuera de los lugares señalados por la empresa para estos fines; y
II. La negativa a efectuar el viaje contratado o su interrupción, sin causa justificada.