Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Federal del Trabajo

Título TERCERO: Condiciones de Trabajo

Capítulo VII: Normas protectoras y privilegios del salario

Artículo 109. El pago deberá efectuarse en día laborable, fijado por convenio entre el trabajador y el patrón, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de su terminación.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.