Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley de Nacionalidad

Capítulo III: DE LA NACIONALIDAD MEXICANA POR NATURALIZACIÓN

Artículo 23. En todos los casos de naturalización, la Secretaría recabará previamente la opinión de la Secretaría de Gobernación.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.