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Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

Título CUARTO: De las Funciones Complementarias de la Recaudación y de los Pagos

Capítulo II: Del Fondo de Garantía para Reintegros al Erario Federal

Artículo 56. El Fondo se constituirá:

  1. I. Con los recursos económicos que integran actualmente el Fondo para Indemnizaciones al Erario Federal;

    II. Con las cantidades que cubran las personas que desempeñan las funciones mencionadas en la fracción I del artículo anterior, de acuerdo con las modalidades siguientes:

    1. A) Quienes perciban remuneraciones asignadas a los puestos que impliquen el desempeño de las funciones antes indicadas, por ese sólo hecho estarán afectas a contribuir al Fondo.

      B) Las personas que sin tener nombramiento específico para ocupar los puestos señalados en el inciso anterior, sean designadas para desempeñar las funciones propias de aquellos por treinta o más días consecutivos.

    III. Con el producto de las inversiones a que se refiere el artículo 64 de esta Ley.

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