Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

Título CUARTO: De las Funciones Complementarias de la Recaudación y de los Pagos

Capítulo I: De las Garantías del Interés Fiscal y del Cumplimiento de Obligaciones no Fiscales

Artículo 49. En los procedimientos de recaudación, la garantía del interés fiscal deberá constituirse en los casos y con las formalidades y requisitos previstos en el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

Las garantías que reciban las dependencias de la administración pública federal centralizada, por contratos administrativos, en concursos de obras y adquisiciones, anticipos, permisos, autorizaciones, concesiones y otras obligaciones de naturaleza no fiscal, deberán otorgarse a favor de la Tesorería conforme a las disposiciones legales aplicables.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.