Ley del Servicio de Tesorería de la Federación
Título NOVENO: DEL PROCEDIMIENTO DE VENTA DE LOS BIENES PUESTOS A DISPOSICION DE LA TESORERIA O DE SUS AUXILIARES
Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 121. La Tesorería o sus auxiliares podrán establecer penas convencionales a cargo del adjudicatario por atraso en sus obligaciones de pago.