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Ley del Seguro Social

Título CUARTO: DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Capítulo II: DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 261. La Asamblea General discutirá anualmente, para su aprobación o modificación, en su caso, el estado de ingresos y gastos, el balance contable, el informe financiero y actuarial, el informe de actividades presentado por el Director General, el programa de actividades y el presupuesto de ingresos y egresos para el año siguiente, así como el informe de la Comisión de Vigilancia.

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