Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley del Seguro Social

Título SEGUNDO: DEL REGIMEN OBLIGATORIO

Capítulo IX: DE LA INCORPORACION VOLUNTARIA AL REGIMEN OBLIGATORIO

Artículo 231. La incorporación voluntaria al régimen obligatorio termina:

  1. I. Para los sujetos a que se refieren las fracciones I, III, IV y V del artículo 13 de esta Ley por:

    1. a) Declaración expresa firmada por el sujeto o grupo de asegurados, y

      b) No pagar la cuota;

    II. Para los sujetos a que se refiere la fracción II del artículo 13 de esta Ley, cuando se termine la relación laboral que le dio origen y se comunique esta circunstancia al Instituto.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.