Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo XIX: Derechos de los Remitentes
Artículo 60. Los remitentes se considerarán propietarios de la correspondencia y envíos, mientras éstos permanezcan en poder de la oficina postal.
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Artículo 60. Los remitentes se considerarán propietarios de la correspondencia y envíos, mientras éstos permanezcan en poder de la oficina postal.
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