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Ley del Servicio Postal Mexicano

Título PRIMERO

Capítulo XIX: Derechos de los Remitentes

Artículo 59. Los remitentes de correspondencia y envíos tienen los siguientes derechos:

  1. I. Que la correspondencia y envíos se entreguen a sus destinatarios.

    II. Obtener su devolución.

    III. Obtener que se reexpidan a distinto lugar de su primer destino.

    IV. Cambiar de destinatario.

    V. Modificar las condiciones de su entrega.

    VI. Ampliar o reducir el plazo de conservación para la entrega de su correspondencia y envíos en los términos que fijen las disposiciones reglamentarias.

    VII. Obtener informes sobre envíos.

    VIII. Percibir las indemnizaciones siguientes:

    1. A). Tratándose de seguros postales:

      Por pérdida: el importe total en que se hubiere asegurado la pieza.

      Por faltante: el importe de lo que faltare.

      Por avería: el importe del daño causado.

      B). Tratándose de reembolsos o de registrados:

      Por pérdida, siempre que no se deba a caso fortuito o fuerza mayor hasta por la cantidad que de manera general fije el reglamento.

    IX. Los demás que les concede esta Ley.

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