Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo XIX: Derechos de los Remitentes
Artículo 59. Los remitentes de correspondencia y envíos tienen los siguientes derechos:
I. Que la correspondencia y envíos se entreguen a sus destinatarios.
II. Obtener su devolución.
III. Obtener que se reexpidan a distinto lugar de su primer destino.
IV. Cambiar de destinatario.
V. Modificar las condiciones de su entrega.
VI. Ampliar o reducir el plazo de conservación para la entrega de su correspondencia y envíos en los términos que fijen las disposiciones reglamentarias.
VII. Obtener informes sobre envíos.
VIII. Percibir las indemnizaciones siguientes:
A). Tratándose de seguros postales:
Por pérdida: el importe total en que se hubiere asegurado la pieza.
Por faltante: el importe de lo que faltare.
Por avería: el importe del daño causado.
B). Tratándose de reembolsos o de registrados:
Por pérdida, siempre que no se deba a caso fortuito o fuerza mayor hasta por la cantidad que de manera general fije el reglamento.
IX. Los demás que les concede esta Ley.