Ley del Servicio Postal Mexicano
Título PRIMERO
Capítulo XI: Reembolso
Artículo 33. La cantidad máxima por la que puede aceptarse correspondencia y envíos por reembolso, será la que fije el organismo.
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Artículo 33. La cantidad máxima por la que puede aceptarse correspondencia y envíos por reembolso, será la que fije el organismo.
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