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Ley de Seguridad Nacional

Título PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo ÚNICO

Artículo 4. La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación.

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