Ley de Seguridad Nacional
Título PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALES
Capítulo ÚNICO
Artículo 4. La Seguridad Nacional se rige por los principios de legalidad, responsabilidad, respeto a los derechos fundamentales de protección a la persona humana y garantías individuales y sociales, confidencialidad, lealtad, transparencia, eficiencia, coordinación y cooperación.