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Ley del Servicio de Inspección Fiscal

Título TERCERO: Procedimientos de Inspección Fiscal

Capítulo II: Visitas

Artículo 18. Siempre que al practicarse una visita ordinaria se observe que la marcha u organización de la oficina que se visite, a pesar de encontrarse ajustadas a la ley, presentan inconvenientes que ocasionen o puedan originar algún perjuicio a los intereses fiscales de la Federación, se formularán las observaciones e informes correspondientes y si la importancia del caso lo requiere, laSecretaría de Hacienda tomará las medidas necesarias para que cesen los defectos encontrados.

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