Ley de Sociedades de Inversión
Capítulo Tercero: De las Sociedades de Inversión en Instrumentos de Deuda
Artículo 24. Las sociedades de inversión en instrumentos de deuda operarán exclusivamente con Activos Objeto de Inversión cuya naturaleza corresponda a valores, títulos o documentos representativos de una deuda a cargo de un tercero, a los cuales se les designará para efectos de este capítulo como Valores.