Ley del Servicio Exterior Mexicano
Capítulo V: De la Comisión de Personal del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 27. La Comisión de Personal del Servicio Exterior, se integrará de la siguiente manera:
I. Un Embajador de carrera del Servicio Exterior designado por el Secretario, quien la presidirá y deberá dedicarse de tiempo completo a las labores propias de su cargo. El presidente durará en su cargo un periodo no menor de un año, ni mayor de tres;
El presidente de la Comisión de Personal tendrá la representación legal de dicho órgano colegiado para efectos de juicios de amparo, de nulidad y federales. En caso de ausencia temporal del presidente de la Comisión de Personal, será suplido para tales efectos por el Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría;
II. El Oficial Mayor de la Secretaría, quien suplirá al presidente en sus ausencias;
III. El Director General que tenga bajo su cargo los asuntos concernientes al personal del Servicio Exterior, según lo disponga el Reglamento Interior de la Secretaría, quien fungirá como secretario de la misma;
IV. El Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría; y
V. El Titular del Instituto Matías Romero, y
VI. Un representante de cada uno de los rangos desde Técnico-Administrativo "C" hasta Coordinador Administrativo y de Tercer Secretario hasta Ministro, adscritos a la Secretaría, que serán elegidos por sus pares para cubrir periodos de un año. Dichos representantes participarán exclusivamente cuando se trate de asuntos relacionados con el personalde la categoría que representan.
Los miembros de la Comisión no podrán participar a través de representantes o suplentes, con excepción del presidente quien podrá ser suplido por el Oficial Mayor.
En los casos en que la Comisión trate asuntos que incidan sobre el conjunto de los miembros del Servicio Exterior, ésta podrá, a través de invitaciones, asesorarse de personas ajenas a la Secretaría y al Servicio Exterior.
A propuesta de la Comisión, el Secretario expedirá las Reglas del Procedimiento de la Comisión de Personal.