Ley del Servicio de Administración Tributaria
Título Cuarto: De las Disposiciones Generales
Capítulo Unico
Artículo 20. Las relaciones laborales entre el Servicio de Administración Tributaria y sus trabajadores se regirán por lo dispuesto en el Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y demás ordenamientos jurídicos aplicables.