Ley para Regular las Sociedades de Iniformación Crediticia
Título SEGUNDO
Capítulo III: DE LA PRESTACION DEL SERVICIO DE INFORMACION CREDITICIA
Artículo 25. Sólo las Entidades Financieras, las Empresas Comerciales y las Sofomes E.N.R. podrán ser Usuarios de la información que proporcionen las Sociedades.