Ley para Regular las Agrupaciones Financieras
Título PRIMERO: De las Disposiciones Preliminares
Artículo 5 Bis 3. No se les aplicará lo establecido en los artículos 5 Bis, 5 Bis 1 y 5 Bis 2 a las autoridades administrativas en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión, inspección y vigilancia.