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Ley de Propiedad Industrial

Título SEGUNDO: De las Invenciones, Modelos de Utilidad y Diseños Industriales

Capítulo V: De la Tramitación de Patentes

Artículo 60. Otorgada la patente, el Instituto procederá a hacer su publicación en la Gaceta, que contendrá la información a que se refieren los artículos 47 fracción IV y 59 de esta Ley.

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