Ley de Propiedad Industrial
Título SEXTO: De los Procedimientos Administrativos
Capítulo III: Del Recurso de Reconsideración
Artículo 200. Procede el recurso de reconsideración contra la resolución que niegue una patente, registro de modelo de utilidad y diseño industrial, el cual se presentará por escrito ante el propio Instituto en un plazo de treinta días, contado a partir de la fecha de notificación de la resolución respectiva. Al recurso se acompañará la documentación que acredite su procedencia.