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Ley de Propiedad Industrial

Título SEXTO: De los Procedimientos Administrativos

Capítulo II: Del Procedimiento de Declaración Administrativa

Artículo 197. El escrito en que el titular afectado o, en su caso, el presunto infractor formule sus manifestaciones deberá contener:

  1. I. Nombre del titular afectado o del presunto infractor y, en su caso, de su representante;

    II. Domicilio para oír y recibir notificaciones;

    III. Excepciones y defensas;

    IV. Las manifestaciones u objeciones a cada uno de los puntos de la solicitud de declaración administrativa, y

    V. Fundamentos de derecho.

    Para la presentación del escrito y el ofrecimiento de pruebas será aplicable lo dispuesto en el artículo 190 de esta Ley.

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