Ley de Propiedad Industrial
Título SEXTO: De los Procedimientos Administrativos
Capítulo II: Del Procedimiento de Declaración Administrativa
Artículo 197. El escrito en que el titular afectado o, en su caso, el presunto infractor formule sus manifestaciones deberá contener:
I. Nombre del titular afectado o del presunto infractor y, en su caso, de su representante;
II. Domicilio para oír y recibir notificaciones;
III. Excepciones y defensas;
IV. Las manifestaciones u objeciones a cada uno de los puntos de la solicitud de declaración administrativa, y
V. Fundamentos de derecho.
Para la presentación del escrito y el ofrecimiento de pruebas será aplicable lo dispuesto en el artículo 190 de esta Ley.