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Ley de Propiedad Industrial

Título CUARTO: De las Marcas y de los Avisos y Nombres Comerciales

Capítulo V: Del Registro de Marcas

Artículo 113. Para obtener el registro de una marca deberá presentarse solicitud por escrito ante el Instituto con los siguientes datos:

  1. I. Nombre, nacionalidad y domicilio del solicitante;

    II. El signo distintivo de la marca, mencionando si es nominativo, innominado, tridimensional o mixto;

    III. La fecha de primer uso de la marca, la que no podrá ser modificada ulteriormente, o la mención de que no se ha usado. A falta de indicación se presumirá que no se ha usado la marca;

    IV. Los productos o servicios a los que se aplicará la marca, y

    V. Los demás que prevenga el reglamento de esta Ley.

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