Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Capítulo V: Condecoración "Miguel Hidalgo"
Artículo 37. El Consejo de Premiación podrá proponer al Presidente de la República que los premios de que trata este Capítulo, se acompañen de entregas en numerario o en especie, cuya cuantía o naturaleza determine el propio Consejo.