Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Título PRIMERO: Disposiciones Generales
Artículo 2. Para los efectos de esta ley, son niñas y niños las personas de hasta 12 años incompletos, y adolescentes los que tienen entre 12 años cumplidos y 18 años incumplidos.