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Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos

Título IV: DE LOS PROCEDIMIENTOS, INFRACCIONES Y SANCIONES

Capítulo II: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 28. En lo no expresamente previsto en esta Ley y en las demás disposiciones aplicables, la solicitud y otorgamiento de los permisos, y la imposición de sanciones a que se refiere este capítulo, se sujetarán a lo establecido en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

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