Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos
Título IV: DE LOS PROCEDIMIENTOS, INFRACCIONES Y SANCIONES
Capítulo II: DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 28. En lo no expresamente previsto en esta Ley y en las demás disposiciones aplicables, la solicitud y otorgamiento de los permisos, y la imposición de sanciones a que se refiere este capítulo, se sujetarán a lo establecido en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.