Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro
Capítulo V: Del H. Consejo Universitario y sus Comisiones.
Artículo 10. El H. Consejo Universitario será la máxima autoridad de la Universidad y estará integrado paritariamente por profesores-investigadores y alumnos, electos de conformidad con el Estatuto y los reglamentos respectivos. El cargo de Consejero Universitario será honorario.