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Ley Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Capítulo V: Del H. Consejo Universitario y sus Comisiones.

Artículo 10. El H. Consejo Universitario será la máxima autoridad de la Universidad y estará integrado paritariamente por profesores-investigadores y alumnos, electos de conformidad con el Estatuto y los reglamentos respectivos. El cargo de Consejero Universitario será honorario.

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