Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Capítulo III: De la Sala Superior
Sección III: De las Secciones
Artículo 26. Los Presidentes de las Secciones serán designados por los integrantes de la Sección correspondiente en la primera sesión de cada año, la cual será privada. Durará en su cargo un año y no podrán ser reelectos para el periodo inmediato siguiente.
En el caso de faltas temporales de los Presidentes, serán suplidos por los Magistrados de la Sección siguiendo el orden alfabético de sus apellidos.
Si la falta es definitiva, la Sección designará Presidente para concluir el periodo del Presidente faltante. El Magistrado designado para concluir el periodo no estará impedido para ser designado Presidente en el periodo inmediato siguiente.