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Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación

Título PRIMERO: DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

Capítulo UNICO: DE LOS ORGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

Artículo 1o. El Poder Judicial de la Federación se ejerce por:

  1. I. La Suprema Corte de Justicia de la Nación;

    II. El tribunal electoral;

    III. Los tribunales colegiados de circuito;

    IV. Los tribunales unitarios de circuito;

    V. Los juzgados de distrito;

    VI. El Consejo de la Judicatura Federal;

    VII. El jurado federal de ciudadanos, y

    VIII. Los tribunales de los Estados y del Distrito Federal en los casos previstos por el artículo 107, fracción XII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los demás en que, por disposición de la ley deban actuar en auxilio de la Justicia Federal.

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