Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República
Capítulo V: Del Servicio Profesional de Carrera Ministerial, Policial y Pericial
Artículo 40. Para el ingreso como agente del Ministerio Público de la Federación, agente de la Policía Federal Ministerial y de perito profesional y técnico, se realizará concurso de ingreso por oposición interna o libre.
En los concursos de ingreso para agente del Ministerio Público de la Federación, agente de la Policía Federal Ministerial o de perito, en igualdad de circunstancias se preferirá a los agentes del Ministerio Público de la Federación, agentes de la Policía Federal Ministerial y peritos por designación especial, así como a los visitadores y a los oficiales ministeriales, con sujeción a las condiciones y características que determine el Consejo de Profesionalización.