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Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional

Capítulo III: Estructura Orgánica y Funcional

Artículo 26. Compete al Consejo General Consultivo:

  1. I. Emitir opinión sobre las normas relativas a la organización y funcionamiento académico del Instituto y demás asuntos que ponga a su consideración el Director General;

    II. Presentar al Director General proyectos de normas de carácter técnico, académico y administrativo;

    III. Conocer y acordar los proyectos de planes y programas académicos y someterlos a la consideración del Director General para su autorización;

    IV. Resolver los asuntos que le presente el Director General cuando afecten la disciplina y el orden del Instituto;

    V. Invitar a sus sesiones a maestros y egresados distinguidos del Instituto para que aporten sus experiencias en la consecución de los objetivos institucionales;

    VI. Solicitar la asesoría de asociaciones de egresados del Instituto y de colegios de profesionistas, así como de profesionales distinguidos e Instituciones de reconocido prestigio, cuando lo considere conveniente, y

    VII. Las demás funciones que prevean esta Ley y otros ordenamientos aplicables.

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