Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional

Capítulo III: Estructura Orgánica y Funcional

Artículo 18. Son facultades y obligaciones de los Secretarios de Area:

  1. I. Auxiliar al Director General y al Secretario General en el ejercicio de sus funciones;

    II. Desempeñar las comisiones que el Director General les confiera;

    III. Proponer al Director General los programas de trabajo relacionados con las Direcciones de Coordinación que integran la Secretaría a su cargo;

    IV. Coordinar y controlar el desarrollo de las actividades encomendadas a las direcciones adscritas alárea de su competencia;

    V. Acordar con el Director General;

    VI. Formular y presentar al Director General el proyecto de presupuesto de la dependencia a su cargo;

    VII. Establecer sistemas de comunicación que vinculen las actividades de las direcciones de su adscripción con las funciones académicas, técnicas y administrativas de las escuelas, centros, unidades de enseñanza y de investigación y demás dependencias del Instituto, y

    VIII. Las demás que prevean esta Ley y otros ordenamientos aplicables.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.