Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Título TERCERO: NIVELES DE MANDO EN EL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS
Capítulo IV: MANDOS SUPERIORES
Sección PRIMERA
Artículo 38. Las Zonas Militares se integran con organismos del Ejército y Fuerza Aérea que se encuentran dentro de su jurisdicción. Se dividen en Sectores y Subsectores Militares en los que radican Unidades del Ejército, pudiendo encontrarse Comandancias de Guarnición y Bases Aéreas, que en todo caso estarán subordinadas al Comandante de la Zona Militar correspondiente.
Es facultad de los Comandantes de las Zonas asignar el mando de los Sectores y Subsectores Militares entre los Comandantes de Unidades del Ejército de su jurisdicción, que estimen pertinentes.