Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Título QUINTO: PERSONAL DEL EJERCITO Y FUERZA AEREA MEXICANOS
Capítulo III: SITUACION DE LOS MILITARES
Sección PRIMERA: El Activo
Artículo 149. El Reclutamiento del personal de tropa del Ejército y Fuerza Aérea, se llevará a cabo:
I. Por conscripción, de conformidad con lo establecido en la Ley del Servicio Militar; y
II. Por enganche voluntario, seleccionando a los individuos que lo soliciten, bajo las condiciones estipuladas en los contratos de enganche correspondientes.