Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada
Título QUINTO: Disposiciones Generales
Artículo 51. Las operaciones y servicios de la Sociedad se regirán por lo dispuesto en la presente Ley y supletoriamente por la Ley Reglamentaria del Servicio Público de Banca y Crédito, por la Ley Orgánica del Banco de México, y por las demás disposiciones aplicables.