Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley Orgánica del Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada

Título QUINTO: Disposiciones Generales

Artículo 50. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpretará a efectos administrativos la presente Ley y podrá expedir las disposiciones complementarias que se requieran en la aplicación de la misma.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.