Ley del Mercado de Valores
Título III: De los certificados bursátiles, títulos opcionales y otras disposiciones
Capítulo I: De los certificados bursátiles
Artículo 62. Los certificados bursátiles son títulos de crédito que representan la participación individual de sus tenedores en un crédito colectivo a cargo de personas morales o de un patrimonio afecto en fideicomiso. Dichos certificados podrán ser preferentes o subordinados o incluso tener distinta prelación.