Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo
Artículo 11. Los depósitos en efectivo realizados en las cuentas concentradoras, se considerarán efectuados a favor del beneficiario final del depósito.
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Artículo 11. Los depósitos en efectivo realizados en las cuentas concentradoras, se considerarán efectuados a favor del beneficiario final del depósito.
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