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Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito

Título PRIMERO: De los Títulos de Crédito

Capítulo VI: Del certificado de depósito y del bono de prenda

Artículo 233. Cuando el bono de prenda no indique el monto del crédito que el bono representa, se entenderá que éste afecta todo el valor de los bienes depositados en favor del tenedor de buena fe, salvo el derecho del tenedor del certificado de depósito, para repetir por el exceso que reciba el tenedor del bono sobre el importe real de su crédito.

Cuando no se indique el tipo de interés, se presumirá que el bono ha sido descontado.

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