Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley General de Sociedades Mercantiles

Capítulo II: De la sociedad en nombre colectivo

Artículo 40. Siempre que no se haga designación de administradores, todos los socios concurrirán en la administración.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.