Ley General de Salud
Título TERCERO: Prestación de los Servicios de Salud
Capítulo V: Atención Materno-Infantil
Artículo 63. La protección de la salud física y mental de los menores es una responsabilidad que comparten los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad sobre ellos, el Estado y la sociedad en general.