Ley General de Salud
Título TERCERO: Prestación de los Servicios de Salud
Capítulo IV: Usuarios de los Servicios de Salud y Participación de la Comunidad
Artículo 53. La Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establecerán los procedimientos para regular las modalidades de acceso a los servicios públicos a la población en general y a los servicios sociales y privados.