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Ley General de Salud

Título DECIMO TERCERO: Publicidad

Capítulo UNICO

Artículo 302. Los gobiernos de las entidades federativas coadyuvarán con la Secretaría de Salud en las actividades a que se refiere el Artículo anterior, que se lleven a cabo en sus respectivas jurisdicciones territoriales.

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