Ley General de Salud
Título TERCERO: Prestación de los Servicios de Salud
Capítulo I: Disposiciones Comunes
Artículo 29. Del Cuadro Básico de Insumos del Sector Salud, la Secretaría de Salud determinará la lista de medicamentos y otros insumos esenciales para la salud, y garantizará su existencia permanente y disponibilidad a la población que los requiera, en coordinación con las autoridades competentes.