Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
Título SÉPTIMO: MEDIDAS DE CONTROL Y DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES
Capítulo III: INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Artículo 107. Para la imposición de sanciones por infracciones a esta Ley se estará a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.