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Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

Título SÉPTIMO: MEDIDAS DE CONTROL Y DE SEGURIDAD, INFRACCIONES Y SANCIONES

Capítulo III: INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo 107. Para la imposición de sanciones por infracciones a esta Ley se estará a lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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