Ley General de Infraestructura Física Educativa
Capítulo III: De la Certificación de la Infraestructura Física Educativa
Artículo 14. Para obtener la certificación de la calidad de la INFE, los interesados deberán reunir los requisitos que se señalen en los programas y lineamientos generales que expida el Instituto y el reglamento de esta Ley para cada rubro, de acuerdo con el tipo de establecimiento educativo de que se trate.
Los distintos tipos de certificados y su vigencia serán especificados en el reglamento.