Aviso importante: lena.mx está en fase de desarrollo. Favor de comparar los textos con otras fuentes antes de usarlas como referencia.

Ley General de Educación

Capítulo I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3o. El Estado está obligado a prestar servicios educativos para que toda la población pueda cursar la educación preescolar, la primaria y la secundaria. Estos servicios se prestarán en el marco del federalismo y la concurrencia previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y conforme ala distribución de la función social educativa establecida en la presente Ley.

Puede enviar comentarios y reportar errores a contacto@lena.mx.