Ley General de Deuda Pública
Capítulo VIII: De la Comisión Asesora de Financiamientos Externos
Artículo 31. Las labores de la Comisión serán coordinadas por un Secretariado Técnico, que estará a cargo del Director General de Crédito de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.