Ley General de Contabilidad Gubernamental
Título PRIMERO: Objeto y Definiciones de la Ley
Capítulo ÚNICO: Disposiciones Generales
Artículo 5. La interpretación de esta Ley, para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría de Hacienda y a la Secretaría de la Función Pública, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
A falta de disposición expresa en esta Ley, se aplicará supletoriamente la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.