Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Título DECIMO: De las Correcciones Disciplinarias y de las Sanciones
Capítulo UNICO
Artículo 163. Las correcciones a que alude el artículo anterior serán:
I. Amonestación;
II. Multa que no podrá exceder de cien pesos, y
III. Suspensión del empleo con privación de sueldos hasta por tres días.