Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Título SEGUNDO: Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares
Capítulo I
Artículo 15. Los nombramientos deberán contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio;
II. Los servicios que deban prestarse, que se determinarán con la mayor precisión posible;
III. El carácter del nombramiento: definitivo, interino, provisional, por tiempo fijo o por obra determinada;
IV. La duración de la jornada de trabajo;
V. El sueldo y demás prestaciones que habrá de percibir el trabajador, y
VI. El lugar en que prestará sus servicios.