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Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional

Título SEGUNDO: Derechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares

Capítulo I

Artículo 15. Los nombramientos deberán contener:

  1. I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y domicilio;

    II. Los servicios que deban prestarse, que se determinarán con la mayor precisión posible;

    III. El carácter del nombramiento: definitivo, interino, provisional, por tiempo fijo o por obra determinada;

    IV. La duración de la jornada de trabajo;

    V. El sueldo y demás prestaciones que habrá de percibir el trabajador, y

    VI. El lugar en que prestará sus servicios.

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